Etiquetado Alimentario para Empresas Alimentarias
Aprenda a crear etiquetas alimentarias precisas y conformes, incluyendo información sobre alérgenos, listas de ingredientes, marcado de fechas e información obligatoria para el consumidor.
La fecha de caducidad se refiere a la seguridad: los alimentos muy perecederos no deben consumirse después. El consumo preferente se refiere a la calidad: si el alimento se ha conservado correctamente, puede seguir siendo seguro. El Reglamento (UE) 1169/2011 establece cuándo y cómo debe indicarse cada fecha.
La diferencia entre caducidad y consumo preferente no es una simple cuestión de terminología. Una fecha marca el final del periodo durante el cual un alimento puede consumirse de forma segura bajo las condiciones de conservación indicadas. La otra señala hasta cuándo se espera que mantenga sus cualidades previstas.
Para fabricantes, distribuidores, comercios y equipos responsables de aprobar etiquetas, escoger una fecha incorrecta puede aumentar el riesgo para el consumidor, generar desperdicio innecesario y provocar incumplimientos. La decisión debe basarse en las características microbiológicas, la formulación, el tratamiento aplicado, el envase, la conservación y la validación de la vida útil.
Para consultar el marco completo, véase la guía sobre etiquetado de alimentos en España y la Unión Europea y el checklist de menciones obligatorias en la etiqueta.
Punto clave: La fecha de caducidad se relaciona con la seguridad, mientras que el consumo preferente se refiere principalmente a la calidad.
El artículo 24 del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 dispone que los alimentos microbiológicamente muy perecederos que puedan suponer un peligro inmediato para la salud después de un periodo corto deben llevar fecha de caducidad en lugar de una fecha de duración mínima. Una vez superada la caducidad, el alimento no debe considerarse seguro.
La fecha de consumo preferente indica el periodo durante el cual un alimento correctamente conservado mantiene las propiedades previstas, como el sabor, la textura, el aroma, el color o la consistencia. Superar esa fecha no convierte automáticamente el producto en inseguro, aunque deben comprobarse su conservación, el estado del envase y la posible presencia de signos de deterioro.
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Marcado de fecha |
Qué indica |
Decisión habitual después de la fecha |
Ejemplos orientativos |
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Fecha de caducidad |
Seguridad alimentaria |
No consumir, vender ni servir después de la fecha |
Carne y pescado frescos, carne picada, algunos platos refrigerados y alimentos listos para consumir |
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Consumo preferente |
Calidad prevista |
Evaluar la conservación, el envase y el estado del alimento |
Pasta, arroz, conservas, galletas, alimentos congelados y productos relativamente estables |
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Consumo preferente antes del fin de… |
Calidad cuando no se necesita un día concreto |
Aplicar la misma evaluación que al consumo preferente |
Productos identificados únicamente mediante mes y año o mediante el año |
Estos ejemplos no sustituyen una evaluación técnica. La fecha correcta depende de la formulación real, el proceso, el envasado, las condiciones de distribución y el riesgo microbiológico del producto.
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Punto clave: La caducidad corresponde a alimentos muy perecederos que pueden llegar a ser peligrosos en poco tiempo.
Un operador de empresa alimentaria debe utilizar una fecha de caducidad cuando el deterioro o el crecimiento de microorganismos patógenos pueda convertir el alimento en un peligro para la salud dentro de su vida útil prevista.
La evaluación suele considerar:
Si el alimento permite el crecimiento de microorganismos patógenos.
Si la cocción, la pasteurización u otro tratamiento controla los peligros relevantes.
Si puede producirse contaminación después del tratamiento y antes del envasado.
La acidez, la actividad de agua y el sistema de conservación del producto.
El efecto del envase y de la atmósfera de envasado.
La temperatura prevista de almacenamiento y las desviaciones razonablemente previsibles.
Si el producto se consumirá sin una cocción posterior.
Si está destinado a grupos especialmente vulnerables.
La información obtenida mediante estudios de vida útil y datos microbiológicos.
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ha desarrollado una herramienta de decisión para orientar a los operadores al escoger entre fecha de caducidad y consumo preferente. La vida útil debe determinarse para el producto concreto y no copiarse automáticamente de otro alimento de la misma categoría.
Es importante comprender cuándo puede ser necesario contar con un supervisor de seguridad alimentaria designado, cuáles son sus principales responsabilidades y las obligaciones legales que las empresas deben cumplir.
Un alimento caducado puede contener bacterias peligrosas sin presentar cambios evidentes de olor, color, sabor o textura. Por tanto, una comprobación sensorial no justifica consumirlo ni ampliar su periodo de comercialización.
Cuando una empresa pretenda modificar una vida útil ya establecida, debe tratarlo como una decisión técnica. Según el producto, puede ser necesario revisar datos históricos, estudios de durabilidad, ensayos microbiológicos, pruebas de desafío, condiciones logísticas o asesoramiento especializado.
Punto clave: El consumo preferente se utiliza normalmente cuando la calidad se deteriora antes de que aparezca un riesgo inmediato de seguridad.
Esta fecha es habitual en alimentos secos, enlatados, congelados, de larga duración o relativamente estables. Indica hasta cuándo se espera que un producto sin abrir conserve la calidad prevista si se almacena de acuerdo con las instrucciones.
Después de la fecha, el alimento puede seguir siendo adecuado, pero conviene comprobar:
Que el envase esté intacto y no presente fugas, hinchazón, óxido o daños.
Que se hayan respetado las condiciones de conservación.
Que no existan signos de moho, plagas o contaminación.
Que el aspecto, el olor y la textura sean normales.
Que no haya instrucciones específicas que desaconsejen su consumo.
Que, una vez abierto, se hayan seguido las indicaciones sobre conservación y plazo de uso.
En los productos con consumo preferente, una evaluación sensorial puede ayudar a detectar pérdida de calidad. Esta práctica no debe aplicarse a los alimentos con fecha de caducidad.
El anexo X del Reglamento 1169/2011 contiene además determinadas exenciones del marcado de la fecha de duración mínima. Antes de omitirla, la empresa debe confirmar que el producto pertenece exactamente a una categoría exenta y que no existen normas específicas adicionales.
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Punto clave: La expresión utilizada, el formato, la referencia a su ubicación y las condiciones de conservación deben ajustarse al anexo X.
Para la fecha de duración mínima deben utilizarse las expresiones:
«Consumir preferentemente antes del…» cuando la fecha incluya el día.
«Consumir preferentemente antes del fin de…» en los demás casos.
La expresión debe ir seguida de la propia fecha o de una referencia clara al lugar del envase en el que aparece. AESAN resume el mismo criterio para las etiquetas comercializadas en España.
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Duración prevista del alimento |
Elementos de la fecha que pueden indicarse |
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Menos de tres meses |
Día y mes |
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Más de tres meses y hasta 18 meses |
Mes y año |
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Más de 18 meses |
Año |
La caducidad debe identificarse mediante la expresión «fecha de caducidad…», seguida de la fecha o de una referencia inequívoca a su ubicación. Se indicarán el día, el mes y, cuando proceda, el año. También deben figurar las condiciones de conservación que permitan mantener la seguridad del producto hasta esa fecha.
Antes de aprobar el diseño final, debe verificarse que la fecha:
Puede localizarse sin abrir ni desmontar el envase.
Permanece legible durante toda la distribución y comercialización.
No queda oculta por cierres, pliegues, etiquetas promocionales o sobreimpresiones.
Tiene suficiente contraste respecto al fondo.
Coincide con referencias como «ver tapa» o «ver base».
No puede confundirse con el lote o con un código de producción.
Aparece en cada porción envasada individualmente cuando sea exigible.
Se imprime correctamente en las condiciones reales de producción.
Una fecha técnicamente presente no cumple bien su función cuando el consumidor no puede encontrarla, leerla o interpretarla con claridad.

Punto clave: Congelar un alimento puede prolongar su conservación, pero no permite ampliar una vida útil comercial sin justificación.
El consumidor puede congelar un alimento adecuado antes de su fecha de caducidad cuando las instrucciones del fabricante lo permitan. Debe congelarse mientras siga siendo seguro, identificarse con la fecha de congelación y descongelarse conforme a las instrucciones del envase. AESAN recuerda que deben respetarse las indicaciones específicas sobre congelación, cocinado y consumo tras la descongelación.
En una empresa alimentaria, los controles deben estar documentados. Congelar un producto próximo a caducar no crea automáticamente una nueva vida útil validada. El operador debe establecer:
Si el producto es apto para congelación.
El último momento seguro para congelarlo.
La temperatura de congelación y almacenamiento.
El sistema de identificación y trazabilidad.
El periodo máximo de almacenamiento congelado.
El método y la temperatura de descongelación.
La vida útil posterior a la descongelación.
Las condiciones para modificar o sustituir la etiqueta.
La persona responsable de autorizar el proceso.
El Reglamento 1169/2011 también exige indicar la fecha de congelación o primera congelación en determinados productos congelados, entre ellos ciertas carnes, preparados de carne y productos de la pesca no transformados. Este requisito es distinto del marcado de caducidad o consumo preferente.
Punto clave: Escoger la fecha adecuada protege al consumidor y evita desechar alimentos seguros innecesariamente.
Utilizar una fecha de caducidad sin una justificación de seguridad sólida puede hacer que alimentos todavía aptos se eliminen como si fueran peligrosos. Utilizar consumo preferente cuando existe un riesgo microbiológico inmediato puede producir el efecto contrario y comprometer la seguridad alimentaria.
La Comisión Europea calcula que hasta el 10 % de los residuos alimentarios generados anualmente en la Unión Europea pueden estar relacionados con una interpretación incorrecta de las fechas. La EFSA también identifica la confusión entre caducidad y consumo preferente como una causa relevante de desperdicio.
En España, la Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, establece un marco para prevenir excedentes, aplicar una jerarquía de prioridades y mejorar la información sobre el significado de las fechas. La norma también contempla actuaciones para que las fechas de consumo preferente se ajusten al máximo periodo compatible con la calidad y la seguridad del producto.
Las empresas pueden mejorar su gestión mediante estas medidas:
Asignar formalmente la responsabilidad de aprobar la vida útil.
Documentar por qué cada producto lleva una fecha concreta.
Validar por separado la seguridad y la calidad.
Establecer condiciones realistas de conservación.
Revisar el efecto de cualquier cambio de envase.
Analizar reclamaciones, devoluciones y resultados de laboratorio.
Formar a los equipos técnicos, de producción, compras, marketing y envasado.
Evitar acortar fechas únicamente por comodidad comercial.
Hacer que la impresión sea visible e inequívoca.
Revisar la vida útil cuando cambien ingredientes, proveedores, instalaciones o procesos.
Un fallo operativo frecuente consiste en copiar la fecha de una formulación anterior o de la ficha de un proveedor sin verificar que el nuevo producto, envase y proceso ofrecen las mismas condiciones. La aprobación documentada reduce este riesgo.
Las reglas principales sobre caducidad y consumo preferente están armonizadas por el Reglamento 1169/2011 y son directamente aplicables en España. No obstante, las autoridades competentes, los procedimientos de inspección, determinados programas de donación, las prácticas sectoriales y algunas medidas contra el desperdicio pueden desarrollarse en los ámbitos estatal o autonómico.
Las empresas que operen en varias comunidades autónomas o comercialicen en distintos Estados miembros deben comprobar los requisitos lingüísticos, sectoriales y de ejecución aplicables, sin asumir que todos los procedimientos administrativos son idénticos.
Punto clave: Toda etiqueta debe superar una revisión técnica, legal y gráfica documentada antes de entrar en producción.
Utilice este checklist:
Se ha seleccionado el tipo de fecha utilizando evidencia de seguridad y calidad.
La vida útil está validada para la formulación y el proceso reales.
El envase y las condiciones de conservación coinciden con la validación.
Se utiliza correctamente «fecha de caducidad», «consumir preferentemente antes del» o «consumir preferentemente antes del fin de».
La fecha incluye los elementos de día, mes y año que correspondan.
Las referencias «ver tapa», «ver base» o equivalentes son exactas.
Las condiciones de conservación aparecen claramente relacionadas con la fecha.
Se incluyen instrucciones posteriores a la apertura o descongelación cuando sean necesarias.
La fecha es legible en una muestra producida con el sistema real de impresión.
El lote no puede confundirse con la fecha destinada al consumidor.
Se han revisado las versiones lingüísticas y los mercados de comercialización.
La aprobación técnica queda registrada antes de liberar el diseño.

Punto clave: La formación ayuda a relacionar los requisitos legales con la vida útil, la conservación y el proceso de aprobación.
Aprenda a crear etiquetas alimentarias precisas y conformes, incluyendo información sobre alérgenos, listas de ingredientes, marcado de fechas e información obligatoria para el consumidor.
El objetivo no es ofrecer un atajo ni garantizar automáticamente el cumplimiento. La formación ayuda a los equipos de desarrollo de producto, calidad, producción, envasado, marketing y dirección a tomar decisiones mejor fundamentadas y a reconocer cuándo necesitan asesoramiento jurídico, microbiológico o técnico especializado.
Limitación profesional: Este artículo ofrece orientación general sobre normativa europea y española. No constituye asesoramiento jurídico, evaluación microbiológica ni validación de la vida útil de un producto concreto. Las normas sectoriales y las autoridades competentes pueden añadir requisitos.
Punto clave: El contenido se basa en legislación oficial, orientaciones de autoridades alimentarias y buenas prácticas profesionales.
El artículo se ha preparado a partir del Reglamento europeo aplicable, información publicada por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, materiales de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, la legislación española sobre desperdicio y el análisis de la intención de búsqueda.
Reglamento (UE) n.º 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, especialmente el artículo 24 y el anexo X.
Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria: orientación científica sobre el marcado de fechas y herramienta para ayudar a los operadores a decidir entre la fecha de caducidad y la fecha de consumo preferente.
Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
Orientaciones de la Unión Europea sobre la donación de alimentos, los sistemas de gestión de la seguridad alimentaria para el comercio minorista, incluida la donación, y el marcado de fechas y la prevención del desperdicio alimentario.